Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

06 Abril 2021

Limitar y prohibir invitados a la piscina   

 

En varias comunidades tengo al siguiente situación: el aforo a la piscina es limitado y los propietarios quieren prohibir que se pueda traer/invitar personas ajenas a la comunidad (familiares y amigos) para que los propietarios que residen tenga prioridad para utilizar los servicios comunes.

 

Consulta :

  1. Se puede prohibir?
  2. En caso que la respuesta a la nº1 sea afirmativa, y , dado que no es recomendable realizar juntas, ¿se podría aprobar mediante una encuesta?.
 
Respuesta:

Obvio es que en las normas de convivencia no se  puede incluir normas que supongan prohibición o restricción de derechos de los propietarios, pero la LPH no determina precepto alguno que impida que la Comunidad en Junta de Propietarios acuerde por mayoría que se pueda impedir a personas ajenas a la Comunidad el uso de la piscina, al tratarse de una actividad molesta y en definitiva de un abuso de derecho del tercero ajeno prohibido por el Artº. 7.2 del Código Civil….ahora bien, una familiar directo de un propietario, entiendo que no se trata de una persona ajena, sin que ello suponga que se pueda permitir que un propietario pueda invitar a la piscina comunitaria  a un numeroso grupo familiar ya que supondría un abuso.

                El acuerdo se debe adoptar en Junta de Propietarios convocada debidamente.

 

Cordialmente,

Sebastián Romaguera

 


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.