Tenemos una comunidad de propietarios que tiene una instalación de placas solares (una por vivienda) en una terraza comunitaria.
Si cada placa solar abastece a una vivienda, ¿a quién corresponde la reparación en caso de avería y el mantenimiento?
¿Podríamos decir que es como un aire acondicionado? Es decir, a pesar de estar en una terraza comunitaria, abastece y beneficia únicamente a una vivienda, si la placa solar se avería, la reparación corresponde únicamente a la vivienda que suministra.
Respuesta:
Si todas las viviendas tienen instalada una placa solar, porque así estaba recogido en el proyecto, podría entenderse que estamos ante un servicio o elemento comunitario y no privativo.
Para evitar ese problema, lo conveniente es que la Comunidad en Junta de propietarios celebrada a tal efecto, acuerde que la reparación de esos aparatos solares al tener el uso privativo y particular de cada vivienda, sea reparado por el propietario de la misma.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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