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Servicios

29 Marzo 2021

Modificación batería contadores de agua   

Antecedentes:

 

1.- Finca que tiene cuarenta inmuebles registrales más una portería sin número de orden. Total 41 inmuebles.

 

2.- En el año 2003 debido a una inundación trasladaron los contadores del sótano a la entrada. Tras dicho traslado en la batería de Emaya solo hay previsión para 30 contadores para 30 inmuebles.

 

3.- Recientemente, varios vecinos -3-  han solicitado a Emaya contadores de agua.

 

4.- Emaya no acepta poner los contadores a los solicitantes por los siguientes motivos:

 

  • Se exige habilitar el recinto de contadores ahora para 30 tomas para poner tomas para todas las unidades urbanas de la finca -41- o 36  según lo que se expone a continuación.
  • Y hay que identificar correctamente las montantes de la instalación.

 

5.- Emaya sugirió que para reducir el volumen de la obra a ejecutar, se ampliasen las baterías a 36 tomas y que cinco propietarios renunciasen “a perpetuidad” a tener agua en sus inmuebles mediante documento privado a firmar por el propietario con Emaya.

 

6.- En junta celebrada recientemente se han planteado varias cuestiones que es necesario aclarar, y que son las siguientes:

 

1.- ¿Es legalmente vinculante que el actual propietario renuncie a tener agua de forma irrevocable? ¿Qué pasa si llega un comprador sin saber nada del acuerdo y pide que la Comunidad dote a la batería de una toma de agua para su inmueble? En caso afirmativo, ¿deberá la Comunidad hacer la modificación de la batería asumiendo el gasto?

 

2.- Y ¿Quién debe pagar los gastos de ampliación de la batería de contadores de los 30 actuales a 36 ó 41, en el supuesto de que sea legal renunciar a cinco tomas? ¿Todos los vecinos o solo los interesados?, y si corresponde a la Comunidad ¿se paga el gasto por coeficientes o por partes iguales?.

 

Respuesta:

 

                Todos somos iguales ante la Ley. Evidentemente la Comunidad debe realizar las obras que sean necesarias para que todos los propietarios de cada parte determinada del Inmueble puedan instalar sus contadores de agua.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


Re-prgunta.

Gracias por la respuesta pero me faltan dos respuestas:

 

** El gasto de ampliar la batería lo pagan los vecinos interesados en ampliar la batería.

 

 

**  Y el gasto ¿se reparte por coeficientes o a partes iguales?

 

Respuesta:

                Si como señalé en mi contestación la Comunidad debe realizar las obras que sean necesarias para que todos los propietarios de cada parte determinada del Inmueble puedan instalar sus contadores de agua, obvio es que el gasto lo debe pagar la Comunidad.

 

            El reparto debe efectuarse conforme lo que determine el título constitutivo o la LPH.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera

 


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