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Servicios

25 Abril 2016

Modificación pared terraza comunitaria uso privativo   

En una comunidad que administramos, hay dos áticos que mediante escalera interior acceden a su terraza exterior que a la vez es cubierta del edificio. En una de estas terrazas se quiere rebajar a la mitad una pared lateral del edificio y sustituir esta mitad por cristales (la pared mide 1,20cm, se quieren quitar los 60cm, superiores de ladrillos y sustituirlos por cristales, para tener vistas).

 

La citada pared no es visible desde la calle, ¿para hacer este cambio hace falta junta extraordinaria otorgando consentimiento?.

 

Te mando fotografías de la citada terraza así como la escritura de la comunidad donde constan estas terrazas de los áticos.

 

Respuesta:

Obvio es que un propietario no puede alterar la configuración exterior del edificio, modificando la pared de cierre de la terraza superior colocando un cristal de 60 cm para tener mejor vistas. Precisa para ello el acuerdo de la Junta de Propietario convocada a tal efecto. Entiendo en base a una interpretación restrictiva de la norma, que debe aplicarse el artículo 10.3.b de la LPH y se precisa el acuerdo de las 3/5 parte del total de propietarios que representen las 3/5 partes de las cuotas de participación.

Cordialmente.

Sebastián Romaguera

 

 

 

 


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