Respuesta:
Obvio es que la conducta de la Comunidad de Propietarios ha sido ejemplar. Ha instalado amortiguadores, ha puesto un minutero o reloj para adecuar el funcionamiento del motor a horas adecuadas.
No obstante, al objeto de evitar la interposición de una demanda judicial por inmisión sonora, creo sería conveniente que un perito ingeniero industrial realizara un dictamen en el que midiera el sonido de dicho motor para averiguar si está dentro de los límites legalmente previsibles y admitidos. Si no es así, deberá cambiarse la ubicación del motor.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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