Una comunidad de propietarios decidió en junta por unanimidad la creación de una cuenta aparte para hacer frente a posibles gastos extraordinarios, se decidió también que cada uno de los propietarios haría una aportación a dicha cuenta.
17 de los 18 propietarios ha hecho la aportación sin problemas, pero hay una propietaria que se niega a hacerla. El mes que viene tenemos la junta de dicha comunidad, el presidente nos pregunta a ver cómo podemos actuar en caso de que se siga negando a realizar la aportación, nos pregunta a ver si es posible poner directamente una carga sobre la vivienda o se deben realizar pasos previos a la carga?.
Se le puede negar el voto en la junta por no haberla realizado?.
Respuesta:
Obvio es que esa derrama debe ser interpretada como una contribución a los gastos de Comunidad, cargas y responsabilidades que proclama el artículo 9.e de la LPH. En caso de impago, debe la Comunidad de Propietarios acudir al Juzgado a través del proceso Monitorio o el que corresponda, para que tras el trámite judicial pudiera el Juez, como dices: “poner una carga sobre la vivienda”. Ni que decir tiene que en la Junta donde se acuerde la interposición de las acciones judiciales, el MOROSO no puede votar, y ese extremo debe ser anunciado previamente en la convocatoria.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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