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14 Octubre 2016

Moroso pago gastos derivado de Informe ITE   

Propietario moroso en más de dos años de cuotas extraordinarias tema ITE no habiendo impugnado por escrito ningún acuerdo ni cuota sobre el tema de la ITE en años anteriores. (corresponden a cuotas aprobadas en junta extr.de hace mas de dos años e ITE finalizada con informe favorable ayuntamiento, en 2015 la ITE ha sido objeto de varias juntas anteriores gestionadas por los anteriores administradores )

Como nueva administradora de la comunidad y retomando el expediente de reclamación saldos morosos ya iniciados por mis anteriores compañeros y aprobado en junta la reclamación año pasado del inicio acciones legales, requiero nuevamente en varias ocasiones a los morosos para que paguen de forma amistosa su saldo de dos años atrás y evitarles así todos los costes de gestión reclamación, costes judiciales  etc.

El propietario moroso designa el viernes pasado (dos días antes de finalizar el nuevo plazo otorgado de forma amistosa por la comunidad ) a un abogado como su representante legal para que interceda en su nombre por este tema y este me indica que su cliente no pagará hasta que no se le facilite todo el expediente completo de la ITE , indica que su cliente afirma que el informe adolece de múltiples irregularidades urbanísticas y jurídicas y que si el paga sin revisarlo mediante un abogado , será cómplice de dichas irregularidades.

El abogado del propietario moroso me exige como experto en urbanismo (así se ha presentado) revisar todo el proceso de la ITE como requisito previo al pago de su cliente y del hijo de este también moroso por el mismo concepto y argumento, indicándome que si no le facilito copia de la ITE estoy actuando de mala fe y que con ello provocaré más costes judiciales a la comunidad por cuanto si el consigue demostrar estas irregularidades también nos reclamará todas las costas etc..

Le indico que de este tema no me corresponde responderle a mi por cuanto no he intervenido en el mismo y me consta que mis compañeros han actuado de forma correcta al haber obtenido el informe favorable, no obstante si precisa alguna aclaración le indico que contacte directamente con ellos. Le requiero nuevamente que su cliente pague por favor lo atrasado en mas de dos años y las cuotas ordinarias que ha empezado a adeudar desde que me han nombrado a mi como nueva administradora como "presión" para que no se le demande etc..

Mis dudas sobre cual debe ser mi forma legalmente correcta de proceder y no entrar en el "aparente "enredo de condicionar esta revisión urbanística condicionándola de forma tajante al pago de los saldos morosos de hace dos años ¡¡

¿Tengo la obligación de retrasar el inicio de acciones legales hasta que el abogado del propietario moroso revise todo el expediente de la ITE o bien puedo seguir con las acciones legales aprobadas en junta del año pasado , teniendo en cuenta que este tema ya se ha aprobado en juntas anteriores y ya lo alegaran en su caso en el procedimiento de demanda etc. ¿La presidenta actual y otros propietarios me indican que es la forma habitual de proceder de este propietario, con amenazas e imposibilitando siempre la gestión administrativa .

El abogado del propietario moroso ha indicado que si finalmente el informe ITE y las obras realizadas tienen irregularidades urbanísticas, demandaran a la comunidad por responsabilidad subsidiaria. ¿tiene fundamento jurídico ¿? Salvo error entiendo que no ya que todo este tema ha sido gestionado por el anterior administrador con los profesionales correspondientes y el ayuntamiento ha emitido informe favorable, por lo que no hay constancia ninguna manifestada por el órgano competente (ayuntamiento) que las obras realizadas tengan irregularidades urbanísticas.

Puede la comunidad demandar a este propietario a demás de los sdos morosos por estar constantemente imposibilitando la correcta gestión de la comunidad ¿?, poniendo trabas e impedimentos constantemente y solicitando de forma inquisitiva y de malos modos documentación de todo para comprobarlo todo indicando que todo está mal gestionado. La comunidad tiene con este propietario bastantes frentes abiertos por sus malas formas de proceder y yo como nueva administradora acumulo en pocos meses de mi nombramiento infinidad de mails y problemas ocasionados por este propietario etc…

Muchas gracias de antemano

 

Respuesta:

Te asiste toda la razón. El propietario debe pagar los gastos de Comunidad y no tiene porque supeditar el pago a la revisión de una ITE aprobada y no impugnada por la Junta de Propietarios.

 

Yo no retrasaría la acción judicial que la Comunidad ha decidió interponer.

 

No quiero hacer más comentarios pues podrían herir la sensibilidad de terceros. No te dejes manipular.

 

Cordialmente,

 

Sebastian Romaguera

 

 

 


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