Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

07 Mayo 2026

Obligación del administrador saliente de entregar las delegaciones de voto de una junta de propietarios   

CONSULTA

Tras el nombramiento de una nueva administración en una comunidad de propietarios, se ha comprobado que el administrador anterior no ha entregado las delegaciones de voto correspondientes a la última junta ordinaria, en la que presentó su dimisión. La presidencia de la comunidad ha solicitado disponer de dicha documentación al considerar que algunas de las delegaciones podrían presentar irregularidades.

Pese a haber solicitado la entrega de la documentación de forma amistosa, esta todavía no ha sido facilitada.

Ante esta situación, se plantea la siguiente cuestión:

¿En caso de que el anterior administrador no entregue las delegaciones de voto en un plazo razonable, resulta recomendable o necesario requerir formalmente su entrega mediante un medio fehaciente, como un burofax, o existe otra actuación más adecuada desde el punto de vista jurídico?


RESPUESTA

El administrador saliente tiene la obligación de entregar toda la documentación de la comunidad, incluido, en su caso, las representaciones de las ultimas juntas celebradas (las que estén en plazo de impugnación).

Te recomiendo que le requieras formalmente a través de cualquier medio que sea fehaciente o que puedas acreditar fácilmente su recepción (correo electrónico, burofax, etc.) recordándole la obligación contenida en el artículo 50.2.12ª de los Estatutos del CAFBAL. Si no te contesta y devuelve la documentación requerida en un plazo prudencial (de siete a diez días) puedes formular una reclamación judicial (civil o penal)  o, en su caso, formular una queja ante el Colegio.

Juan Romaguera

Abogado


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.

Configuración
de cookies