Aprovecho y les consulto si existe alguna normativa de seguridad que obligue a las comunidades a tener las luces de la piscina, perímetro o comunitarias encendidas durante la noche por seguridad o la comunidad puede tomar una acuerdo oportuno para apagarlas si es por mayoría, teniendo en cuenta que al apagarlas puede producirse algún incidente como caída de alguien etc y saber la responsabilidad que tendría la comunidad por tener las luces apagadas en este caso. Obviamente tengo un conflicto en una comunidad.
Respuesta:
El acuerdo sobre el encendido o no de las luces, es un acto de mera administración que puede adoptarse por la mayoría prevista en el artículo 17 .7 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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