En una comunidad de propietarios, el propietario de un local ha reconvertido y segregado la propiedad en dos viviendas, a su vez de forma totalmente irregular abre una puerta de acceso al patio de luces, sin el permiso de la Junta de Propietarios.
En Junta Extraordinaria se decide que se vuelva al estado original y que reponga la ventana existente eliminando la puerta. Pasa el tiempo no repone y ahora en el día de hoy me solicita el certificado de deuda porque va a vender y le advierto de la irregularidad que hay y que debe subsanar antes de la firma, pero me presiona diciendo que quiere vender mañana y que le de el certificado.
Agradeceré me aconsejes que hacer, muchas gracias un saludo
Respuesta:
Son dos temas diferentes.
El Artº. 9.1 e) de la LPH obliga a la Comunidad y por ende al Secretario y al Presidente a emitir una certificación sobre el estado de la deuda con la Comunidad.
Si ese propietario ha realizado una obra ilegal, serán los Tribunales quienes deberán declararlo.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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