En una comunidad de propietarios compuesta por locales, pisos, parkings y trasteros, se ha averiado la bomba de agua que suministra presión a toda la comunidad.
Debido a la gravedad de la avería, se ha optado por la sustitución de la bomba.
Hemos comprobado que en los locales tienen contadores de agua individuales y por lo visto la instalación de la bomba no pasa por dichos locales ya que parece que tienen el suministro independiente.
Mi pregunta es si solo tienen que participar los pisos en el gasto de la nueva bomba de presión o también participan los locales, parkings y trasteros aunque no hagan uso de ese servicio.
Respuesta:
Si los Estatutos no dicen lo contrario y obligan a los locales al pago de esa bomba de agua, (extremo muy improbable), siendo ese un gasto que siempre ha estado individualizado, entiendo que los locales no deben contribuir a esa sustitución que es utilizada únicamente por las viviendas y ello por imperio de lo señalado en el artículo 9.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, que excluye como obligación, el pago de los servicios que no sean susceptibles de individualización como es una bomba de agua que no puede ser utilizada por los locales al disponer de un contador particular.
Sebastian Romaguera
Resuelve cualquier tema poniéndote en contacto directamente con nosotros.