En los Estatutos de una comunidad del año 1969 dice que el agua se pagará a partes iguales, ahora pusieron medidores de agua y los impuestos del agua los locales a los que les suben mas que los pisos, resulta que dicen que quieren pagar, no por lo que les dice la empresa que hace las lecturas, sino que quieren que se divida entre todos porque los estatutos dicen que se dividan a partes iguales.
En el año 1.969 no sé si había los mismos impuestos que ahora, mi pregunta es ¿deben pagar a partes iguales los impuestos también? Porque una cosa es el agua y otra los impuestos pero al no especificar nada, ¿se entiende que los impuestos están incluidos en el agua?
Emaya dice que los impuestos que señala la empresa que hace las lecturas son los de clavegueram, canon y basuras y que a los locales les cuesta 83 y los pisos 40.
Respuesta:
Una cosa es el consumo de agua que debe ser pagada por las partes determinadas nº 1 al 9 (locales y viviendas) y otra cosa los impuestos que se aplican con la factura, que evidentemente deben desglosarse, en cuanto, si bien el agua se paga por contadores individuales, el clavegueram, canon y basuras, entiendo que no puede ser dividido a partes iguales, pues supondría un enriquecimiento injusto de los propietarios de los mentados locales que por su superficie y actividad deben pagar mayor cantidad.
No debes olvidar que el título constitutivo únicamente nos habla del consumo del agua y no de los impuestos señalados.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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