Respuesta:
De entrada, como bien dices, las persianas exteriores tienen la naturaleza de elemento común.
Pero lo que resulta indudable es que a pesar de que sea un elemento común, (que incluso en el caso de esa comunidad, no puede modificar el aspecto exterior por otras) el uso de las persianas (desde el interior de cada vivienda), debe considerarse un elemento común de uso privativo y como sabes la regla general, en estos supuestos, es que los gastos de reparación de esa persiana deberían, en principio, ser satisfechos por el propietario que tiene el uso y disfrute, pues es en principio absurdo hacer pagar a los otros propietarios que no la usan.
Lo que suelo aconsejar, para evitar estos problemas es que la Junta de Propietarios adopte un acuerdo señalando que los gastos de reparación de las persianas sean por cuenta de cada propietario que las utiliza….con eso queda zanjado el tema.
Ahora bien, si se tratase de un problema generalizado en la Comunidad, además de exigir su reparación a la promotora (si se está en plazo), puede acordarse su reparación general en Junta de Propietarios de todas las persianas.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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