Tengo un clientes que viven en parcelas individuales en la zona de Llucmajor, pero comparten el suministro de agua que les proporciona una empresa en un deposito común. No todas las parcelas utilizan este suministro, porque algunas tienen pozo propio.
Respuesta:
Lo que se suele hacer en estos casos es una Asociación de Propietarios que se regula en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo.
Debes realizar un Acta fundacional, unos Estatutos aprobados e inscribirlo en el Registro de Asociaciones, que en otro tiempo, estaba en Delegación de Gobierno.
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