Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

08 Agosto 2019

Participación gastos ordinarios y extraordinarios parking   

 

En esta comunidad, una propietaria que disponía originariamente de un jardín, y por tanto no tenía un coeficiente específico para contribuir a los gastos del parking (que es exterior a nivel de la planta baja), solicitó expresamente al promotor del edificio cambiar el uso de parte de su jardín a fin de que tuviese una plaza de aparcamiento, pasando a ser una nueva plaza de aparcamiento (la nº 8) con acceso por las 2 barreras del parking al igual que el resto de plazas de parking.

 

Dicha propietaria no está de acuerdo con que se le cobren los gastos extraordinarios de las barreras y parking, considerando que sólo debe pagar los gastos ordinarios de las barreras, parking, vado y electricidad, al no disponer de un coeficiente desglosado para el parking. Los demás asistentes le contestan que ella solicitó expresamente al promotor el cambio de uso, y que por tanto al disponer de una plaza de aparcamiento debe contribuir a los gastos ordinarios y extraordinarios al igual que el resto de parkings.

 

Asimismo en la junta general celebrada el día 17 de abril de 2012 se tomó el acuerdo (que no ha sido impugnado) del tenor literal siguiente:

“Por último, se trata el tema de la participación del aparcamiento de la Sra. xxx en los gastos de comunidad, exponiéndose que aún a pesar de no tener un coeficiente asignado ya que forma parte de la vivienda de la Sra. xxx, sí debe contribuir a pagar la parte proporcional de los gastos de vado, barreras del parking y electricidad de dichas barreras.

 

La Sra. xxx por su parte reconoce y está conforme con pagar la parte proporcional, como un aparcamiento pequeño, de los gastos del vado, barreras del parking y electricidad de dichas barreras, por lo que por unanimidad se aprueba que dicho aparcamiento contribuya a dichos gastos en la forma acordada”.

 

La duda que tiene la comunidad y por ello se solicita esta consulta, es si esta señora debe participar de todos los gastos (ordinarios y extraordinarios) que atañan al aparcamiento.

 

Respuesta:

Existe un acuerdo que se adoptó por unanimidad con el voto de la Sra. xxx y debe estar y pasar por él en relación a los definidos en el acuerdo. En cuanto a los gastos extraordinarios es más discutible, pues nada se acordó en la Junta de 2.012 y debemos estar y pasar por lo señalado en el título constitutivo. Lo que desconozco es si su vivienda por tener Jardín tiene un coeficiente superior a las otras partes determinadas. Si es superior…estaría contribuyendo con mayor proporción que los demás.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.