CONSULTA
Administro una comunidad que forma finca con otra escalera, el caso es que el propietario de un local quiere pedir permiso para abrir una ventana en la zona trasera del local que da a una terraza que es un anejo al local, mi pregunta es si al convocar la junta para que la comunidad de su consentimiento tiene que intervenir la otra escalera.
RESPUESTA
La apertura de una ventana en fachada requiere el acuerdo referido en el artículo 10.3.b LPH. Como esta obra afecta a la fachada del integro edificio, debe contar con la aprobación de las tres quintas partes de la totalidad de propietarios de ambas escaleras que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación del integro edificio.
Esta obra deberá contar, además, con la correspondiente licencia municipal y no puede aplicarse el voto presunto del artículo 17.8 LPH al ser una modificación para aprovechamiento privativo.
Y si hubiera algún propietario directamente afectado por dicha obra debe prestar su expreso consentimiento y, en su caso, indemnizado.
Juan Romaguera
Abogado
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