En una comunidad de Propietarios las persianas de las ventanas que dan a la fachada se considera elemento común o privativo de cada propietario?
Respuesta:
Contestando a la pregunta realizada, debo señalar que de forma expresa el actual artículo 396 del Código Civil, establece que son elementos comunes los balcones y ventanas, con los elementos de cierre que conforman la fachada de un edificio.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera.
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