Pregunta:
¿Una comunidad puede adquirir tres plazas de parking que oferta el propietario de las mismas y que mejoran la maniobrabilidad de la totalidad de propietarios de plazas de garaje?
Gracias.
Respuesta:
Apreciado Administrador: Como bien sabes, la Comunidad carece de personalidad jurídica y, por lo tanto, no puede comprar ni adquirir las tres plazas de parking. La solución pasa por la compraventa de esas tres plazas por TODOS los propietarios y luego que ellos en escritura desafectaran esos elementos privados y TODOS lo declararan elemento común de la Comunidad para una mejor maniobrabilidad con modificación del título constitutivo. Para ello deberíais consultar con el Notario y exigirle que además haga la gestión en el registro de la propiedad al objeto de prevenir, antes de la adquisición, cualquier problema posterior. Cordialmente, Sebastián Romaguera.
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