Ruego nos saquéis de la duda con respecto al plazo de prescripción de reclamación de cuotas comunitarias. El plazo de prescripción es de 5 años? O por el contrario de 15 años? Ya que nos ha surgido una cuestión relacionada con estos plazos y no queremos meter la pata.
Respuesta:
Entiendo que el plazo de prescripción es el de 5 años del artículo 1.964 del Código Civil, plazo estipulado (antes eran 15) conforme a la nueva redacción del artículo mencionado que entro en vigor con la Ley 42/2015 del 5 de Octubre. Por lo que todas las cuotas posteriores a esa fecha tienen un plazo de prescripción de 5 años.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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