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16 Abril 2015

Plazo y citación convocatoria Junta   

Al despatx hem rebut una consulta d’un client en relació a una convocatoria de una comunitat.

En concret, ha rebut una convocatoria d’una Junta Extraordinària, datada el 26 de març de 2015, segellada per Correus el 30/03/2015 i entregada a on s’havia de fer la reunió després de la reunió programada pel 08/04/2015. Tot això, considerant que entre mitges hi havia tots els dies de Setmana Santa que eren festes oficials.

El meu dubte és si hi ha motius per a impugnar a reunió atès que no s’ha notificat efectivament en temps i forma.

 

Respuesta:

Señala el Artículo 16.3 en relación con el párrafo 2, que la citación para la Junta de Propietarios Extraordinaria deberá realizarse con la antelación que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de los propietarios y la convocatoria deberá indicar, los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera y segunda convocatoria, debiéndose citar a los propietarios en la forma establecida en el Artículo 9 de la LPH.

Pues bien, si tu cliente como propietario, no fue citado ni convocado a tiempo para asistir a la Junta Extraordinaria, podría implicar la nulidad de la convocatoria de la Junta y de los Acuerdos adoptados que debería en su caso ejercitar ante los Tribunales.

Tiene declarada la Doctrina, recordando ahora la STS del 13 de diciembre de 1.993, que debe declararse la nulidad de los Acuerdos adoptados en la Junta, al ser pacÍfica la Doctrina legal que señala que la NO citación en forma a la Junta de Propietarios acarrea la nulidad de los acuerdos al ser las normas relativas a las citaciones de carácter imperativo de necesario y obligado cumplimiento, cuya vulneración es sancionada con la nulidad radical de la Junta y de los Acuerdos en ella adoptados. De igual contenido las Sentencias del Tribunal Supremo de 19 noviembre 19/11/91; 16/4/93; 12/7/99; 22/9/2006; 3/5/2007.

Cordialmente,

Sebastián Romaguera

 

 

 


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