CONSULTA
Necesito saber dos cosas:
1.- Si la preinstalación del aire acondicionado la hizo la constructora y no los propios vecinos, toda la instalación que transcurre por la Comunidad, ¿es privativa o comunitaria?
2.- En caso de que la constructora cuando hizo esta preinstalación dejase un tubo sin impermeabilizar y ahora este tubo filtre, ¿le corresponde la reparación al vecino a quien este tubo da servicio o a la Comunidad por tratarse de un defecto de construcción?
RESPUESTA
Salvo mejor criterio técnico, entiendo que la preinstalación del aire acondicionado es privativa de cada vivienda y, por tanto, su mantenimiento y conservación o, en su caso, la reparación o sustitución corresponde a cada propietario individual.
Todo ello sin perjuicio de que ese propietario pueda reclamar a la promotora -si está en plazo para ello- la reparación de dicha preinstalación por defectos de construcción o instalación, previa acreditación pericial de la causa del mal funcionamiento.
Es cierto que la comunidad también estaría legitimada procesalmente para reclamar su reparación a la promotora y cualquier otro agente constructivo, en nombre de los propietarios afectados, pero esto no significa que la comunidad sea responsable de reparar elementos privativos de dichos propietarios. Es una legitimación a nivel procesal que normalmente se ejercita cuando se interpone una demanda por vicios y defectos constructivos contra promotora, constructora, etc. y posibilita la reclamación de la subsanación de deficiencias tanto en elementos comunes como en privativos.
Juan Romaguera
Abogado
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