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03 Abril 2017

Presentación demanda monitorio en Juzgado   

La demanda en el Juzgado de un monitorio, ¿debe presentarla personalmente el Presidente?.

¿Basta que la firme?

 

Respuesta:

Obvio es que si se interpone sin abogado o procurador, la demanda puede firmarla el Presidente o el Administrador si así se acuerda en la Junta de Propietarios, pero eso no es óbice para que tenga que llevarla personalmente al Juzgado.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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