Tengo que presentar un monitorio y no he requerido previamente al deudor, ya que está fallecido y los herederos están desconocidos y sin aceptar la herencia. Puedo presentarlo sin haber requerido previamente y notificado la deuda a alguien?. En el juzgado la titular registral está muerta.
Respuesta:
Esta consulta la debería responder el abogado que te lleve el procedimiento. La reclamación de gastos de comunidad no sólo puede tramitarse a través de un juicio monitorio. Se puede establecer la reclamación a través del juicio verbal.
Yo en estos casos, interpongo la demanda a través de juicio verbal contra los herederos desconocidos o/y herencia yacente de don ….y solicito la notificación por edictos.
Cada abogado tiene su truco.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera.
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