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29 Agosto 2023

Presidente que se niega a aceptar el cargo   

CONSULTA

Por favor, ¿nos podrían asesorar respecto cómo proceder con un propietario que ha sido elegido presidente de la comunidad, por orden de rotación, y no quiere aceptar el cargo?


RESPUESTA

El cargo de Presidente es obligatorio y el propietario nombrado únicamente puede renunciar a dicho cargo a través de un procedimiento judicial de equidad descrito en el artículo 13.2 LPH.

Mientras ostente dicho cargo el presidente tiene la obligación de ejercer sus funciones y a tal efecto debe requerírsele en nombre de la comunidad para que las cumpla con apercibimiento de daños y perjuicios que en su caso pueda ocasionar su conducta obstativa. En la práctica, el problema reside en que si se niega a ejercer el cargo deberíais acudir a los Tribunales para exigir que cumpla con su obligación. El trámite es tan lento que seguramente habrá transcurrido el ejercicio para el que fue nombrado antes de tener una resolución judicial.

Mi consejo es que se convoque nueva junta al objeto de nombrar nuevo presidente.

Juan Romaguera

Abogado



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