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15 Noviembre 2016

Presidente rotatorio por turnos   

En una junta ordinaria de hace varios años, se aprobó que la presidencia de la comunidad fuera de forma rotatoria por turnos. Este año, en esta última junta, de 70 propietarios solo se presentaron 4, entre ellos el Presidente saliente. Este señor propuso volver a ser presidente un año más, y los 3 propietarios restantes estuvieron conformes. ¿En este caso quedaría suspendido lo acordado en la junta de hace varios años?

 

Respuesta:

Debo señalarte que el nombramiento de Presidente es correcto. El artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, prima la elección frente al turno rotatorio o sorteo. En tu caso fue elegido para seguir siendo Presidente un año mas.

Cordialmente,

Sebastián Romaguera

 

 


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