¿Puede ser Presidente de una Comunidad de Propietarios la esposa o hijo de un propietario?
Respuesta:
El artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, señala que “El presidente será nombrado, entre los propietarios, ………..” Por tanto debe ser un propietario el que ostente el cargo de Presidente.
Cordialmente.
Sebastian Romaguera
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