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15 Septiembre 2022

¿Presidente tiene poder de "veto" a nuevos propietarios?   

Nos ha dicho una propietaria durante la celebración de una junta en el día de ayer, que su abogado de Palma le ha informado que el presidente de una comunidad tiene poder de "veto" a nuevos propietarios, es decir, que puede mediante ese "veto" impedir que una persona o empresa determinada compren un piso en el complejo que preside. 

 

El ejemplo que ponía es un consorcio de 21 propietarios que compró un pequeño apartamento, y hay un trasiego constante de ocupantes, esta propietaria cree que se podría haber evitado que este consorcio comprase el apartamento en cuestión con el veto del presidente.

 

Muchísimas gracias anticipadas por su ayuda.

 

 

Respuesta:

 

Es absolutamente absurdo e ilegal lo que ha expresado ese señor. El presidente de una Comunidad JAMAS tiene ni tendrá derecho de veto para la adquisición de una propiedad por un tercero. Incumpliría incluso las normas de nuestra carta magna que es la Constitución.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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