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20 Diciembre 2022

Presidente y vicepresidente por vacante   

En una comunidad donde el presidente vende la vivienda y existe vicepresidente, ¿Este asume el cargo de presidente o se debe convocar reunión extraordinaria?

 

Respuesta:

 

No hay prisa. Existe vicepresidente. Señala el Artº. 13.4 de la LPH que corresponde al vicepresidente sustituir al presidente en los casos de ausencia, VACANTE o imposibilidad. Evidentemente en la próxima Junta de Propietarios deben nombrar el cargo. No estaría de más que se comunicara a los propietarios esa trasmisión de la vivienda del presidente para que tengan conocimiento.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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