En las juntas ordinarias anuales de las comunidades con gastos vencidos, ¿es necesario presentar presupuesto de gastos ordinarios para el siguiente ejercicio?.
¿O solo es necesario hacer este presupuesto para comunidades con pagos por anticipo?
Respuesta:
El Artº. 16 de la LPH determina claramente que la Junta de Propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas……..por tanto debe aprobarse el presupuesto, sean gastos vencidos o pagos anticipados.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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