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05 Septiembre 2019

Problemas estéticos tendedero   

Me pongo en contacto con ustedes tras agotar las vías de consulta con el ayuntamiento. A continuación les pongo en situación:

La semana pasada un vecino de la CP General Riera 142 (de obra nueva) nos escribió:

“Les quedaría muy agradecido si se recordase a los vecinos la prohibición de tender ropa en los balcones exteriores. Asunto contemplado en los estatutos y en la normativa municipal (Plan General de Urbanismo (PGOU) de Palma, CAPÍTULO I. Artículo 297).

 

Asimismo, y una vez aprobado el modelo de celosía de ocultación para balcones y áticos, pocas excusas pueden caber para mantener la situación que ilustro a modo de ejemplo con las dos fotografías que acompañan a este correo.”

 

Al contemplar la normativa municipal que indica, en el artículo, no especifica si se trata del tendido en barandilla o en tendero, adjunto fotos para mayor claridad y detallo el artículo arriba mencionado:

 

Cuando el lavadero se ventila desde la vía pública o espacio libre público o privado, (…), se adoptará un sistema de persianas o celosías que impidan la visión desde el exterior de la ropa tendida.”

 

Por lo que me dirijo al departamento de urbanismo del ayuntamiento para que me aclaren la duda, adjunto respuesta:

 

“Buenos días. Desde este departamento solo facilitamos la normativa y no solucionamos las disputas entre vecinos. La normativa a la que hacéis referencia es correcta y en vigencia.”

 

El vecino también hace mención de lo reflejado en los estatutos, pero tras su consulta seguimos con la misma duda:

 

Cuarta. Los propietarios deben mantener la estética del inmueble en general y sus elementos comunes, entre ellos las fachadas, en las que no se instalarán accesorios que menoscaben su decoro, prohibiéndose expresamente el tendido de ropa y otros accesorios”

 

Agradecería que pudieran aclararme esta situación y si procede las peticiones del vecino ya que si así fuera, tendremos que hacer comunicado a la comunidad recordando la normativa.

 

Respuesta:

No entiendo la finalidad de la pregunta, en cuanto obvio es que no puede tenderse ropa en los balcones exteriores.

 

El presidente debe decidir si debe comunicarse la normativa a los vecinos, …que lo puede hacer o tratarse el tema en la próxima Junta de Gobierno.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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