Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

09 Septiembre 2015

Propietario moroso - Sociedad limitada en concurso   

Buenos días agradecería pudieran asesorarme sobre las actuaciones a realizar en el siguiente caso

 

 

Una de las comunidades que administro tiene un propietario moroso que es un Sociedad Limitada , la cual posee tres inmuebles en la comunidad.

La sociedad está en concurso desde principios del 2011

La comunidad interpuso proceso monitorio para reclamar la deuda que había en 2012 , si bien se

 

ha suspendido por falta de activos para pagar todas sus deudas etc..

 

El abogado que nos gestionó el tema de la demanda nos ha indicado que al no ser parte del

 

proceso de concurso no le facilitan información sobre el estado actual del concurso , si bien por eltiempo transcurrido creemos que ya debería haberse adjudicado las tres partes el banco que tiene hipotecadas estas propiedades .

 

Actualmente la deuda acumulada es muy muy significativa

 

Estamos realizando un seguimiento mensual con notas del registro de propiedad para saber cuando cambia de propietario los 3 inmuebles , si bien a fecha de hoy sigue constando la sociedad en concurso como única propietaria

 

Hemos enviado siempre carta certificada con acuse de recibo al administrador concursal de la

 

correspondencia de la comunidad al ser el representante legal en funciones, a parte de enviar la

 

correspondencia a la dirección de la comunidad , tb le hemos remitido algún mail si bien salvo

 

error nunca nos ha contestado .

A fecha de hoy la deuda con la comunidad por los 3 inmuebles es ya insostenible y precisamos

 

saber urgente en que punto está el concurso para saber cuando se adjudicaran los 3 inmuebles a

 

los nuevos propietarios y poder notificarles de inmediato la deuda con la comunidad .

La comunidad precisa emitir una cuota extraordinaria para poder llevar a cabo unas reparaciones

 

urgentes y necesita poder gestionar el cobro de todo el saldo pdte moroso de dicho propietario en concurso .

 

Hemos emitido a fecha de hoy todas las notificaciones correspondientes en el tablón de anuncios

 

de la comunidad desde 2011 hasta la fecha

¿tiene obligación legal el administrador concursal de contestar nuestra petición de información

 

para saber como está el tema , o bien facilitar los datos de los nuevos propietarios , o bien la

 

LOPD no se lo permite?

 

¿Qué gestiones podemos realizar para tener información actual sobre cuando se adjudicaran los

 

inmuebles etc..?

 

 

Respuesta:

 

Desconozco si estamos hablando de un concurso necesario o voluntario, y si se han

 

intervenido o no las facultades del concursado. De todas maneras lo lógico es que la Comunidad a través de su representación legal SE PERSONE como acreedor privilegiado en el concurso y

 

sabréis la situación actual.

 

Los administradores no suelen dar información. Por ello debéis personaros en el Juzgado

 

para obtenerla.

 

Cordialmente,

 

Sebastian Romaguera.

 

 

Repregunta:

Respondiendo a su cuestión el concurso es voluntario

 

y salvo error el abogado de la comunidad indicó que estaba en fase de liquidación habiendo otros créditos privilegiados muy significativos antes que el saldo con la comunidad , no habiendo liquidez

ni activos para liquidarlos todos. Por lo que por la vía del concurso la comunidad no recibirá

 

 

nada .

La comunidad ,según indicó el anterior administrador de fincas , no se personó en su momento

 

como parte acreedora en el concurso , por lo que al Abogado de la comunidad no le facilitan

 

información cuando va al Juzgado ,al no ser parte del mismo.

 

En mayo 2015 el abogado que gestionaba la demanda (juicio monitorio) contra este propietario

 

indicó que lo único que podía hacer la comunidad es esperar a que se adjudiquen los inmuebles al banco hipotecante y reclamarles a ellos la deuda global y que controláramos el tema del nuevo

 

propietario con las notas de registro propiedad .

 

Al haber transcurrido ya cuatro meses desde que el Abogado nos indicó que era probable que los

inmuebles se adjudicaran al banco , nuestra duda es si legalmente la comunidad de propietarios

 

 

tiene alguna vía para poder solicitar información de porque el banco hipotecante no se los ha

 

adjudicado o bien si por estrategia del banco es titular pero no lo ha inscrito en RP etc...

¿?Tiene derecho la comunidad como acreedor frente al nuevo propietario de solicitar al

 

Administrador concursal que nos pueda informar si dichos inmuebles se han adjudicado al banco

 

 

Respuesta:

Esta información que precisas la puedes obtener personándose la Comunidad en el

 

Juzgado mercantil o solicitando un nota registral para comprobar si consta la expedición requerida a algún Juzgado de la certificación de cargas para la ejecución hipotecaria. Igualmente, puedes solicitar información al banco acreedor. Es una labor que debería realizar, a mi juicio, vuestro letrado.

 

Cordialmente,

 

Sebastian Romaguera

 

 


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.