Un propietario de una comunidad de Propietarios me ha solicitado copia de todos los documentos de los procedimientos monitorios que ha presentado la comunidad. Copia de decretos, diligencias y todas las actuaciones judiciales.
¿Tengo obligación de entregar la copia de todo el expediente al solicitado propietario? ¿Se inclumpliría algún artículo de la Ley de Protección de Datos?
Respuesta:
Estos documentos derivados de la reclamación judicial que ha interpuesto en nombre de la CP un letrado, entiendo que no pueden considerarse “documentación de la comunidad” en cuanto están en el Juzgado y sus copias en poder el abogado que las tramita.
Obvio es que en la LPH no existe norma alguna que proteja esa posibilidad de entrega a cualquier propietario de los trámites judiciales llevados a cabo contra los morosos, por lo que dar una copia a un tercero no demandado propietario del edificio, supondría una grave infracción de la Ley Orgánica de protección de datos.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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