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18 Abril 2016

Reparación piscina   

 

Me pongo en contacto con ustedes para trasladarles la problemática que versa sobre la reparación de una piscina.

 

Una comunidad ha destinado los últimos cinco años una cantidad importante de dinero  en reparaciones parciales y puntuales de la piscina debido a fugas, de cuyas reparaciones  las empresas no dan garantías, sufriendo cada año derramas sin llegar a eliminar el foco del problema, puesto que una vez son roturas de tuberías, otra son grietas en un lado, luego en el fondo etc. Un arquitecto técnico ha supervisado todos los trabajos realizados hasta el momento. En la última junta se aprobó una reparación integral de la misma, lo que incluye cambio de tuberías , corona y vaso. Obviamente la derrama es importante, y, he recibido varios burofaxes advirtiendo de la posible impugnación del acuerdo, basándose que la piscina no es un elemento esencial para la comunidad ni convivencia, además alegan necesitar la unanimidad para dicha intervención. La junta ha ofrecido a aquellos propietarios que tengan dificultades de pago, aplazarlos de una manera cómoda.

 

Mi consulta es que enfoque le darían ustedes y que mayoría se necesitaría para la reparación integral mencionada.

 

Respuesta:

 

Señala el artículo 14 c) de la Ley de Propiedad Horizontal, que corresponde a la Junta de Propietarios “aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca sean ordinarios o extraordinarias…..” . Obvio es que se trata de un acto de mera administración que precisa, tal como tiene señalada la doctrina, el acuerdo mayoritario previsto en el artículo 17.7 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal.

Entiendo que no puede sostenerse como pretenden algunos propietarios, que estemos ante una innovación o mejora de lujo o suntuaria, y que no es un elemento esencial, ya que ello no es óbice a la obligación que tiene la Comunidad a la conservación y habitabilidad del inmueble y de los elementos comunes como es la piscina y sea un defecto constructivo o de mantenimiento, la comunidad debe responder de los mismos y proceder a su arreglo.

Cordialmente,

Sebastian Romaguera

 

 

 


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