Si una comunidad tiene un piso-portería, y precisa de unos arreglos, como pueden ser medidas de seguridad (barrotes en ventanas, puertas reforzadas,embaldosar, pintar, etc..)…:
1.- ¿Debe acordarse en Junta?
2.- ¿Como se distribuyen los gastos : por partes iguales o según coeficiente ?
3.- El acuerdo debe ser por mayoría, mayoría simple o por unanimidad.
Respuesta:
Obvio es que al tratarse del arreglo de unas dependencias que tienen la consideración de elemento común debe acordarse en Junta de Propietarios. Al tratarse de unas obras para dotar de medidas de seguridad, embaldosar, pintar etc etc, el acuerdo debe adoptarse por mayoría simple y obliga a todos los propietarios. El pago de los mismos, de no señalarse lo contrario en el título constitutivo, debe distribuirse conforme cuotas.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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