CONSULTA
Una comunidad de propietarios solicita subvención Next Generation, para la mejora de eficiencia energética y aprovecha para realizar mas obras de reparaciones y mantenimiento del edificio en zonas de escalera de acceso a vivienda como
- Reforma del portal
- Eliminación de tanque de agua de uralita en azotea que suministra agua a las viviendas
- Cambio de iluminación portal
Y otra serie de trabajos que afectan solo a las viviendas
El administrador que lleva la comunidad me indica que, por ser obra de Next Generation el coste se reparte entre todos los propietarios según coeficiente general.
¿Estos gastos deben sufragarlos tambien los locales, aunque los estatutos indiquen que los gastos de escalera se reparten entre las viviendas?
RESPUESTA
Para contestar correctamente esta consulta debería analizar tanto el titulo constitutivo, así como la naturaleza de las obras de reforma que pretende ejecutar la comunidad.
En todo caso, lo que puedo indicarte en términos generales es que las obras previstas en el artículo 17.2 LPH son las referidas a la mejora de la eficiencia energética y la implantación de fuentes de energía renovables y estas obras deben ser abonadas por la totalidad de propietarios del edificio en los términos indicados en dicho artículo.
En principio parece que las obras de reforma del portal, eliminación del tanque de uralita o el cambio de la iluminación del zaguán, poco tienen que ver con la eficiencia energética y por tanto no son las obras referidas en el artículo 17.2 LPH, por lo que si será de aplicación, en su caso, las exenciones estatutarias que tu indicas. Si la cláusula estatutaria es clara los locales no deben contribuir al coste de dichas obras.
Las obras de reforma del portal también podrían ser consideradas obras de mejora del artículo 17.4 LPH con las consecuencias indicadas en dicho artículo.
Juan Romaguera
Abogado
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