En una comunidad de propietarios con dos bloques de viviendas (A Y B), perfectamente diferenciadas pero con un solo CIF, en el bloque B se tuvo que reparar por filtraciones motivadas por el paso del tiempo la terraza del ático que es comunitaria pero de uso privativo.
Respuesta:
Me adjuntas una escritura de rectificación de otra, y la original es la que debe detallar las normas estatutarias que aunque luego fueron, a lo mejor modificadas, nos darían luz a la respuesta a tu pregunta.
Sin perjuicio de lo que diga la escritura original, que entiendo fundamental para responder, parece que existe independencia entre los bloques…pero “parece”….no puedo asegurarlo.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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