En una comunidad en el local hay un restaurante, en el año 2006 se presentó proyecto en el ayuntamiento y se entregó la licencia de apertura. Evidentemente hay la instalación por la salida de humos de la cocina, que en el proyecto indica “conducto de evacuación de humos hasta la azotea de la edificación estando el punto más alto 1 metro por encima de la parte más alta de la edificación”.
Cuando se realizó esta instalación en el 3º piso no vivía nadie, pero se procedió a la venta de dicho inmueble y los nuevos propietarios no querían la tubería en su terraza, y se modificó la instalación por la fachada del edificio colindante (no correcto) sin ningún tipo de proyecto ni estudio. Ahora han surgido los problemas, la propietaria del edificio colindante quiere que se retire la tubería de su fachada y el inquilino del local ha propuesto una nueva instalación que no es como indica el proyecto.
¿Sería conveniente que presentara proyecto únicamente de la instalación de salidas de humos por si es viable esta instalación?
¿Cómo puede o debe actuar la comunidad en este caso?
Respuesta:
La salida de humos no debió modificarse. Los propietarios de ese tercer piso deberían haber asumido la servidumbre. Ahora existe un grave problema logístico. Carezco de respuesta pues desconozco la realidad de la situación actual y a lo que te refieres con la frase “sería conveniente que se presentase proyecto únicamente de la instalación…por si es viable”. Realmente un técnico en la materia podrá responderte con mejor criterio.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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