CONSULTA:
Actores:
· Una Sociedad Agraria de Transformación de Responsabilidad Limitada ( SAT ) una bodega viñas y vinos.
· Socios partícipes 3 (No son socios típicamente dichos, son partícipes y su aportación es dineraria).
· Un arrendatario del negocio, entendiéndose como arrendatario que: Alquila la bodega y el negocio en sí para explotarlo; estamos ante un arrendamiento de NEGOCIO, no de local para ”Uso distinto a la vivienda”. Esto último es una afirmación no una pregunta.
Pregunta: ¿Quién es el arrendador?.
- Los socios partícipes de la (SAT).?
- La SAT ya que se lo único que se “arrienda” es la actividad? Siendo que el propio actor es la Sociedad y, el rendimiento es producto de esta actividad, a la que habrá de darse de alta como arrendador? . Siendo así lo que queda para los socios es una distribución de resultados y poco más. ¿Correcto?.
RESPUESTA
A mi modo de ver, el arrendatario es la SAT, pues el articulo 1 del Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación, señala que las SAT gozaran de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de su finalidad desde su inscripción en el Registro General de SAT, siendo correcto tu parecer, en cuanto a la distribución de resultados entre los socios.
Cordialmente.
Sebastián Romaguera
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