CONSULTA
Una propietario ha tapado por la parte de su vivienda parece ser con un cartón el cristal de la ventana desde su patio que da a la escalera comunitaria dejando la zona común medio a oscuras. Puede tapar esta ventana?
RESPUESTA
La ventana que me indicas es un elemento común del edificio y está destinada únicamente a dar luz a una zona común (imagino que de acceso) del edificio, disponiendo además de un cristal traslucido para evitar que se pueda fiscalizar el patio de dicha vivienda y viceversa.
Es una servidumbre establecida en su día por el promotor del edificio y debe respetarse sin que ningún vecino pueda alterar por su cuenta la configuración y función de cada elemento común del edificio.
Este propietario que ha tapado, con cualquier tipo de elemento opaco, la referida ventana, impidiendo con ello su función esencial que es la de iluminar dicha zona, está alterando dicho elemento común y su funcionalidad.
Resulta obvio que no puede tapar la ventana sin el consentimiento del resto de propietarios y la comunidad debe requerirle al objeto de que retire ese elemento que impide la entrada de luz natural con los apercibimientos legales correspondientes.
Juan Romaguera
Abogado
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