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Servicios

09 Febrero 2022

TECNICA-Subvención rehabilitación   

Me puedes enviar, si tenéis, información de las subvenciones para el asislamiento de fachadas

 

Respuesta:

 

En respuesta a la consulta adjunto Boib 

 

En general:

Las ayudas a la rehabilitación de viviendas se calcula sobre la eficiencia energética conseguida. 
Se cubre con subvenciones del 30% la rehabilitación de elementos aislantes de las viviendas y edificios. 
En el plan gubernamental se incluye también una partida para subvencionar el 100% del documento técnico previo de análisis del potencial de mejora del edificio o vivienda
Para incentivar la demanda de proyectos de rehabilitación, el Gobierno incluye en el plan de ayudas a la rehabilitación de viviendas importantes beneficios fiscales en la declaración de la RENTA para propietarios individuales:
20% de deducción si se reduce un 7% la demanda en climatización debido a las obras.
40% de deducción en el IRPF si la reducción es del 30% o consigue una A o B en la certificación energética.
En el caso de propietarios que afronten las mejoras como comunidad:
Deducción del 60% si reduce un mínimo del 30% el consumo energético no renovable o consigue un certificado energético A o B.


Las viviendas en comunidades de vecinos
El edificio a rehabilitar  ha de estar finalizado antes de 1996, a lo que suma como requisito para optar a las ayudas a la rehabilitación, que al menos el 70% de la superficie construida sea sobre rasante, que al menos el 50% de las viviendas sean domicilio habitual, y se presente el informe técnico de acuerdo a las normas comunitarias.

 

 

Re-pregunta:

 

Muchas gracias por la información. Tengo una serie de dudas que quizá puedas aclarar:

 

.- ¿ya están en marcha dichas subvenciones?

.- ¿sabes si existen empresas especializadas en su gestión? ¿o si el Gobierno o el Govern ha creado (o piensa crear) un Centro de gestión o de ayuda para la gestión de estas subvenciones?

.- ¿tiene el Colegio de Administradores alguna guía o manual de instrucciones para el caso que sean los Administradores los encargados de gestionarlo?

.- Tenemos varias comunidades que estarían interesadas en revestir la cubierta de SATE para mejora de eficiencia energética, pero ni la constructora ni los técnicos intervinientes tienen conocimiento de cómo valorar, gestionar o solicitar posibles subvenciones.

.- en cuanto a conseguir el certificado energético con categoría A o B o la reducción al 30% supongo que implicará un informe de Eficiencia Energética adicional ¿es así?

.- no acabo de entender el sentido de “que al menos el 70% de la superficie construida sea sobre rasante”

.- ¿hablamos de “subvención” (que las entiendo como una devolución al íntegro pago previo de la Comunidad) o bien de una “ayuda” (que entiendo, una aportación simultánea a la ejecución)?

 

Disculpa por el interrogatorio, pero es que tenemos varias dudas y los técnicos con los que trabajamos habitualmente nos comentan que todavía no hay nada en marcha, cuando lo cierto es que las subvenciones por instalación de placas solares sí las estamos coordinando desde hace tiempo y a través de las empresas instaladoras, pero para SATE o para sustitución de ventanales, … no conocemos empresas especializadas que se encarguen de gestionarlo directamente.

 

 

Respuesta:

 

Respondo a la consulta punto por punto:

pero hay varias que aún están por contestar, ya que la comunidad autónoma no lo ha reglamentado aún.

.- ¿ya están en marcha dichas subvenciones? Estamos pendientes del reglamento de la comunidad Autónoma 

.- ¿sabes si existen empresas especializadas en su gestión? ¿o si el Gobierno o el Govern ha creado (o piensa crear) un Centro de gestión o de ayuda para la gestión de estas subvenciones? Habrá oficinas de gestión , pero aún no están definidas por la comunidad. El Colegio de administradores podría ser una....

.- ¿tiene el Colegio de Administradores alguna guía o manual de instrucciones para el caso que sean los Administradores los encargados de gestionarlo? De nuevo depende del reglamento de la comunidad, pero se hará, de hecho ya se está trabajando en ello, adelantando dudas que se tienen que resolver antes de su puesta en marcha.

.- Tenemos varias comunidades que estarían interesadas en revestir la cubierta de SATE para mejora de eficiencia energética, pero ni la constructora ni los técnicos intervinientes tienen conocimiento de cómo valorar, gestionar o solicitar posibles subvenciones. Hay que esperar, a dichoso reglamento

.- en cuanto a conseguir el certificado energético con categoría A o B o la reducción al 30% supongo que implicará un informe de Eficiencia Energética adicional ¿es así?. Correcto se tendrá que hacer un certificado actual, y luego un proyecto y el certificado final despues de la mejora

.- no acabo de entender el sentido de “que al menos el 70% de la superficie construida sea sobre rasante”. No cuentan los sótanos, si no hay edificación sobre rasante no es de aplicación, es una manera de determinar que sea para viviendas  principalmente. Los locales no son el fin de la norma, aunque hay una pequeña ayuda siempre que no sean sótano.

.- ¿hablamos de “subvención” (que las entiendo como una devolución al íntegro pago previo de la Comunidad) o bien de una “ayuda” (que entiendo, una aportación simultánea a la ejecución)? En principio es una cantidad por vivienda, según la reducción de demanda energética que se consiga,  a la que se le añadiría una deducción del IRPF, pero se abonará una vez pagada la factura de mejora...

De momento está todo en el aire, tenemos que esperar a que se regule por parte de la comunidad autónoma....

Cordialmente, Matilde Rossich


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