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24 Septiembre 2021

Traspaso documentación Comunidad entre Administradores   

Actualmente me encuentro en una situación desconocida y me gustaría recibir la recomendación del Colegio sobre como debo proceder.

 

En una comunidad, de la cual soy administrador, a la hora de recoger la documentación de manos del compañero que me precedía se me indicó, por parte de la comunidad, que todo lo referente al último ejercicio no fuera retirado, pues en la última junta celebrada no se habían aprobado las cuentas y se constituyó una comisión auditora, formada por miembros de la comunidad, para su esclarecimiento, situación a la que accedieron de buena fé todas las partes. 

 

Bien, de este tema yo siempre me he mantenido al margen puesto que mi profesión es la de administrador, no auditor. El caso es que ahora se me solicita, por parte del compañero, y en base a lo estipulado por el artículo 20 letra e) de la LPH la retirada de la citada documentación, dada mi condición de actual administrador, lo cual es contrario a las indicaciones de la comunidad.

 

En esta situación, me gustaría saber cual es la forma, acorde a lo estipulado por la Ley y la condición de administrador de la finca, con la que debería proceder.

 

 

Respuesta:

 

Ruego me expliques como puede la CP auditar las cuentas del último año sino tiene la documentación?.

 

Una cosa es la entrega de la documentación que pertenece a la comunidad y que debe estar en su poder y otra el hecho de que se confeccione una auditoria. No tiene nada que ver una cosa con otra.

 

Mi opinión es que siendo la documentación de la comunidad es siempre conveniente recogerla, señalando cuando vayas a ello y por escrito, al objeto de que quede constancia que ello, que  no implica conformidad con su contenido en cuanto  está pendiente de una auditoria.

 

Cordialmente,

Sebastián Romaguera


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