CONSULTA
Administro una Comunidad (cuya construcción es reciente de 2021), donde al parecer hay un trastero ubicado en el garaje en el que algunos vecinos dicen que contiene elementos técnicos (elementos de control y cuadros eléctricos; y posiblemente de fontanería también), y cuya titularidad según se desprende del Registro de la Propiedad (mediante Nota Simple), es de 2 propietarios particulares.
Mi pregunta es: ¿es legal que un cuarto con elementos de carácter técnico sea propiedad de particulares?
RESPUESTA
Sin poder estudiar la escritura de obra nueva, estatutos, etc. es difícil resolver esta cuestión que no deja de resultar extraña.
En todo caso, si realmente este trastero es un elemento privativo y así consta descrito en la escritura de obra nueva, lo que es ilegal es tener instalaciones comunes dentro de un recinto privado. La solución no sería hacer común lo que es privativo (que únicamente sería posible si la comunidad comprara al titular registral dicha parte para hacerla común); la solución pasa por sacar dichas instalaciones a una zona común si esto fuera posible. Esto sería, seguramente la solución mas práctica y más económica, si técnicamente es posible.
De todas formas, este tema requiere un estudio de mayor profundidad que excede del ámbito de estas consultas.
Juan Romaguera
Abogado
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