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19 Diciembre 2021

Un propietario de 20 parkings solo puede nombrar un representante y un voto para la Junta   

Teníamos una consulta en referencia a las Juntas de propietarios y sus

representaciones, para usar el voto.

Hemos tenido una Junta de Propietarios un poco  subrealista (por decir

algo). Un propietario tiene en su poder 20 parkings y 4 locales. Pues

bien asistieron a la Junta varias personas en representación de este

propietario, por ejemplo del parking 1 al 5 un representante , del 6 al

8 otra persona representando. Así como 8 personas representando a un

mismo propietario, pero de sus distintas propiedades.

Cuando se procedió a la votación en este caso para el alquiler turístico

de los apartamentos que se pide 3/5  partes, estas personas votaban como

personas individuales, cosa que me parece ilegal, (ya que solo es un

propietario) ellos se empeñaban en que se habían asesorado y que así era

correcto.

 

Por otro lado no se si tienen derecho a votar parkings y locales sino

les afecta el alquiler vacacional de las viviendas?

 

 

Respuesta:

 

Obvio es que cada propietario tiene un solo voto por muchas que sean las propiedades que tenga en el edificio y cuyas cuotas sumadas se le aplicaran para obtener, en su caso, la doble condición de votos y cuotas, sea mayoría simple o cualificadas.

 

Es absolutamente ilegal y una burla no solo a la inteligencia sino al contenido de la LPH que supondría también una "burla al propio derecho" supuesto que acarrearía una nulidad radical del acuerdo que pudiera adoptarse, el hecho de que un propietario de diferentes partes determinadas otorgara representación legal a varios representantes de sus distintas propiedades para poder obtener una mayoría personal con el voto de éstos......absurdo.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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