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Servicios

16 Junio 2022

Validez acuerdos Junta propietarios de un solo bloque   

Una comunidad de propietarios ha celebrado su Junta Ordinaria con fecha 24 de Mayo de 2022.

El administrador es destituido por mayoría.

Muestra a los vecinos su enfado por dicha situación y dice que no se lo esperaba después de 20 años de servicio.

La Comunidad está formada por tres bloques y zona común, no están todos los vecinos de acuerdo con el resultado de la votación ya que hay dos bloques afines al administrador.

 

Con fecha 13 de Junio de los corrientes, el Presidente convoca nueva Junta donde en lugar de elegir nuevo administrador, lo que hace es convocar para tomar el acuerdo de constituir la comunidad de elementos y servicios comunes/exclusivos del bloque A

Nombramiento de los cargos  de la Comunidad del Bloque A : Presidente-administrador-secretario.

Apoderamiento al secretaria-administrador para protocolizar el primer libro de actas de la comunidad y obtención del NIF ante la agencia tributaria

Autorización para abrir nueva cuenta.

 

Y todo ello dejando al resto de comunidad desatendida sin saber a fecha de hoy que hacer ya que la presidenta vive en el bloque A y quiere o si o si administrador recientemente destituido.

 

Agradeceré  me indiques para informar a los vecinos el modo de proceder en este caso.

 

 

Respuesta:

 

Ignoro si el título constitutivo permite la constitución de una comunidad de propietarios de un solo bloque con sus propios y elementos comunes.

 

Como supongo que no existe esa posibilidad,  entiendo que esa Junta creando esa especie de subcomunidad es nula de pleno derecho y por tanto puede impugnarse, al requerirse el acuerdo de la Comunidad General.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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