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01 Noviembre 2013

Validez legal envío actas por mail   

¿Tiene validez legal el envío de liquidaciones de gastos, actas y convocatorias de juntas por correo electrónico a los propietarios?

Respuesta:

El uso de correo electrónico supone un avance importante en el ámbito de las Comunicaciones entre el Administrador y los propietarios.

            Ahora bien, se ha de tener en cuenta dos extremos importantes:

            1.- Requiere previamente que el comunero se haya dirigido al Administrador a través de escrito solicitando que las comunicaciones y notificaciones de toda índole se lleven a cabo en la dirección de correo que designe.  

            2.- La constancia de la recepción del envío por parte del administrador al propietario. Para ellos podría servir, a pesar de que el letrado que informa no es ducho en informática robótica, la utilización  de la “opción” acepto que existe en el correo o la solicitud de que no se convalidará la notificación hasta no recibir la justificación escrita de la recepción por parte del comunero.

            Nada tiene que ver en este tema la Junta de propietarios y no se requiere acuerdo previo, pues se trata de una decisión que afecta de forma individual al sistema de comunicación del propietario con el administrador.

 

            Cordialmente,

 

 

            Sebastian Romaguera

 

 


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