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19 Julio 2023

TÉCNICA- Varias consultas relacionadas con el parking de una comunidad   

CONSULTA

Tengo algunas consultas relacionadas con el parking de una comunidad que paso a describir,

1) MEDIDAS DE SEÑALIZACIÓN OBLIGATORIAS ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULO.

1.1) ¿Es obligatorio tener medidas mínimas sonoras o visuales de advertencia de que un coche está entrando o saliendo del parking?

1.2) Dado que el parking cuenta con una rampa a desnivel y la salida se encuentra elevada respecto del nivel del parking, y que por tanto al salir se debe aclarar un mínimo para subir la misma, en caso de que ocurra un accidente con un coche que pasa por la calle o un peatón y no hay medidas mínimas de advertencia que indiquen que un coche está saliendo y se hayan solicitado a la comunidad y a la administración con antelación, ¿Sería responsable la comunidad o el conductor del coche?

1.3) si la respuesta a la pregunta anterior es la comunidad y dependiendo de la 1.1 también ¿Deberán pagar los daños todos los propietarios tengan o no parking o sólo los que posean parking?

2) VADO Y LINEAS AMARILLAS

2.1) ¿Existe normativa a nivel Balear acerca de los requisitos y documentos a presentar cuando se solicita un vado por parte de una comunidad?

2.2) Tratándose de una comunidad construida en 2009 ¿Puede el ayuntamiento denegar un vado por no presentar documentación relativa a la edificación de la comunidad?

2.3) si la respuesta a la pregunta anterior es sí, ¿Existe algún plazo de prescripción o se debe regularizar la situación?

3) DOCUMENTOS RELATIVOS A LA EDIFICACIÓN Y EL PARKING.

3.1) Dado que según fuera informado a los copropietarios existe una infracción urbanística o falta documentación relativa al parking, y que debido a ello no se podría solicitar el vado sin antes gastar unos 4.000€, ¿Podría indicarme amablemente qué documentos técnicos y legales debe haberse entregado a la comunidad al finalizar la obra?

3.2) Si faltará algún documento, ¿Qué responsabilidad tienen los copropietarios?


RESPUESTA

En referencia a la consulta realizada.

En principio un aparcamiento de edificio plurifamiliar, si se venden plazas específicas de aparcamiento, según el número de plazas, debe de existir una licencia según un proyecto de actividad realizado por un Ingeniero o como mínimo una solicitud de vado. La comunidad de propietarios deberá figurar como titular, si en el momento de hacer el proyecto no existía la comunidad, simplemente hay que notificar el cambio de titularidad.

En cuanto al resto de preguntas adjunto un enlace del Ayuntamiento donde hay respuesta a las preguntas de normativa. Y documentos que pueden ser de su interés.

https://www.mobipalma.mobi/es/mobilitat/tramits-i-gestions/vado/#1525345656089-d7dcf891-091e

Para responder a preguntas específicas de licencia, es mejor que se dirija directamente al departamento correspondiente de licencias de Actividad del Ayuntamiento.

Matilde Rossich

Asesora Técnica



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