De una finca aún no terminada (le falta embaldosar y embellecer las plantas primera y segunda y hacer lo mismo con las escaleras comunitarias, así como carece de la instalación de todos los suministros), la comunidad si tiene escritura de división de propiedad horizontal y lo que quieren los vecinos es ir terminando estas obras pendientes.
En esta Comunidad hay 3 inmuebles con diferentes propietarios, uno de ellos tiene el 57% del coeficiente de propiedad y los otros dos solo suman el 43%. Estos dos últimos votaron a favor de hacer las obras y el que tiene el 57% voto que no.
En este caso, ¿Quién se entiende que ha ganado la votación?.
Respuesta:
La Ley es clara en este aspecto. El apartado 7, segundo párrafo del artículo 17 de la LPH, señala la posibilidad en el mes siguiente a la fecha de la segunda Junta, de solicitar al Juez de instancia que resuelva en equidad lo que proceda. Obvio es que en el caso señalado no se ha podido lograr la mayoría exigida en el artículo 17.7 de la Ley, y por tanto la posibilidad es acudir al Juez. Creo conveniente que los dos propietarios afectados acudan a un abogado para que estudie el asunto, pues no es de recibo que un solo propietario pueda torpedear la finalización de una construcción. El tema me parece más complejo que esta respuesta.
Cordialmente
Sebastian Romaguera.
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