El edificio donde vivo es un edificio con cinco entradas, edificio aislado y no compartimos paredes con ningún edificio colindante.
El acceso a la cinco escaleras a pie es a través de un pasillo y un propietario de la planta baja de la última escalera en este caso sería la escalera nº 5 y siendo su vivienda el final del pasillo, amplió su terraza y se añadió la parte del pasillo comunitario a su propiedad.
Este hecho sucedió hace ya más de 20 años y nunca la Comunidad tomó acción al respecto de esta irregularidad.
Esta propiedad se vendió y los nuevos propietarios compran con esta modificación, modificación de la cual ha sido sabedores siempre.
A lo largo de los años y habiendo el primer propietario modificado la salida natural de recogida de pluviales del pasillo del edificio, está situación ha provocado un serio problema de recogida de pluviales de la finca y afecta directamente sobre la zona común apropiada por el vecino, el cual nos está actualmente reclamando la reparación total de la zona afectada ya que alega que es comunitaria y que está el usando desde siempre a su beneficio.
Ruego me indiques como debemos actuar con esta situación, próximamente convocamos junta y tenemos que llevar este tema a la reunión para darle una solución definitiva.
Respuesta:
Lo tienes mal. Si hace más de 20 años que se anexionó la zona y unos propietarios han comprado posteriormente, la prescripción es de 15 años desde que se procedió a la mentada anexión del pasillo.
Lo indudable es que no se convierte automáticamente la zona anexionada, por decreto, en elemento común. Deberíamos conocer la causa concreta de las mentadas filtraciones o humedades y si esta causa es producida por el uso particular de ese espacio al haberse modificado la salida natural de recogida de pluviales del edificio, la responsabilidad será suya y no de la Comunidad.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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