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Programa Lloguer segur

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los objetivos de este programa?

  1. Incentivar la salida al mercado de viviendas vacías para ofrecerlas a precios asequibles y aportar seguridad y confianza tanto a propietarios como a inquilinos.
  2. Aumentar la oferta de vivienda disponible en régimen de alquiler a precios accesibles para los ciudadanos residentes en las Illes.
  3. Reducir la incertidumbre y la inseguridad jurídica frente a las ocupaciones e «inquiocupaciones».

¿Cuáles son las ventajas para los propietarios?

  1. Garantía absoluta de cobro.
  2. Precios de mercado.
  3. Devolución del piso en las mismas condiciones.
  4. Importantes deducciones fiscales en el IRPF.
  5. Contrato de alquiler de siete años.
  6. Diversas modalidades de adelanto del cobro.

¿Cuáles son las ventajas para los inquilinos?

  1. Precios accesibles.
  2. Buen estado del inmueble.
  3. Seguridad y confianza.

¿Cuáles son los criterios?

El criterio objetivo para resolver la selección del arrendatario ante la concurrencia de varias personas posibles arrendatarias finales del Programa que hayan acreditado previamente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en el Programa y opten al arrendamiento de una misma vivienda, será el orden de prelación del número de registro de entrada de la solicitud.

Los colegiados Administradores de Fincas y Agentes de la Propiedad Inmobiliaria que tramiten expedientes del Programa Lloguer Segur dispondrán de un sistema que permita llevar un registro de entrada para poder identificar todas las solicitudes de arrendamiento presentadas en el ámbito de este Programa ordenadas por fecha y hora de presentación. En el supuesto de pluralidad de personas que, habiendo acreditado previamente el cumplimiento de todos los requisitos del Programa, opten a un mismo inmueble y se encuentren en igualdad de condiciones, para resolver la selección del arrendatario tendrá preferencia y se observará el orden de prelación del número de registro de entrada del respectivo expediente.

¿Puedo ser inquilino de una vivienda del programa «Lloguer Segur» si ya tengo una vivienda?

Como norma general, no.

Excepcionalmente, se puede concurrir al proceso de adjudicación:

  1. Si los titulares de una vivienda han perdido el uso de esta como consecuencia de una sentencia firme de separación, divorcio y/o nulidad.
  2. Si la propiedad o el derecho de uso y disfrute recae únicamente sobre un porcentaje inferior al 50 % de la vivienda y este se ha obtenido por herencia.
  3. Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero se acredita que el estado de la vivienda no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en la normativa vigente, siempre que las deficiencias no sean corregibles con soluciones constructivas que no afecten a la estructura del edificio y se acredite de forma fehaciente y a corto plazo que no puede conseguir financiación para hacerla habitable.
  4. Si el porcentaje es igual o superior al 50 %, pero se acredita que la propiedad recae sobre una vivienda no adecuada para personas con movilidad reducida debidamente acreditada o sobre una vivienda que no se adecúa a personas mayores de 65 años. Estos extremos deberán acreditarse mediante declaración responsable del propietario y comprobación por parte de los API.

Quiero incorporar mi piso, pendiente de reforma, al programa «Lloguer Segur», ¿cómo puedo hacerlo?

Podrán incorporarse al programa las viviendas vacías que requieran actuaciones de reforma o rehabilitación. Las obras podrán financiarse mediante el pago por adelantado, por parte del IBAVI al propietario, de hasta 50.000 euros de las rentas futuras indicadas en el contrato de alquiler.

El importe de las obras adelantado por el IBAVI se descontará del pago de la renta al propietario y no podrá superar la suma total de las rentas que obtendrá el propietario.

En el contrato deberá especificarse el tipo de obra a realizar, el coste y el plazo de ejecución.

La duración del contrato podrá ampliarse para ajustarse a las características y plazos de las obras.

Por otra parte, otra opción para incorporar viviendas vacías procedentes de actuaciones de reforma es mediante líneas de ayudas específicas para financiar obras de reforma de las viviendas.

En este caso, la concesión de la ayuda estará condicionada a la vinculación de la vivienda al programa.

Si soy propietario y quiero adherirme al programa «Lloguer Segur», ¿tendré que hacer las gestiones pertinentes con el inquilino?

No. El Govern impulsa el programa «Lloguer Segur en colaboración con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Islas Baleares (COAPI) y el Colegio de Administradores de Fincas de las Islas Baleares (CAFBAL), mediante convenios, como entidades colaboradoras para el desarrollo y la gestión del programa y la administración, la gestión y el seguimiento de los contratos de arrendamiento que se deriven del mismo.

Por tanto, el propietario no tendrá que realizar las gestiones con el inquilino.

Se me acaba de quedar vacía una vivienda de mi propiedad, ¿puedo adherirme al programa?

Como norma general, no. La vivienda debe llevar vacía (con consumos mínimos de suministros) un mínimo de seis meses o no debe figurar nadie empadronado en ella durante el último año. Con determinadas excepciones:

Se establece la excepción de acreditar el cumplimiento del requisito de que la vivienda haya estado vacía durante seis meses en aquellos supuestos de viviendas procedentes de desahucios por causa de impago o de ocupación ilegal —situaciones debidamente acreditadas— y para aquellas viviendas de las que se acredite disponer de licencia ETV (alquiler vacacional) vigente.

Cumplo los requisitos como propietario, ¿qué vías de contacto tengo?

Debéis comunicaros con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Islas Baleares (COAPI) o el Colegio de Administradores de Fincas de las Islas Baleares (CAFBAL) para poder adheriros al programa.

Cumplo los requisitos como inquilino, ¿qué vías de contacto tengo?

Debéis comunicaros con el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Islas Baleares (COAPI) o el Colegio de Administradores de Fincas de las Islas Baleares (CAFBAL) para poder alquilar un piso adherido al programa «Alquiler seguro».

¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.

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